01/01/2011
INFORMACION EN CABEZAL
- - San Martín 54, Torre 1 - Piso 5 Of. 2 - Cipolletti - Río Negro - Argentina
- - +54 9 (299) 411 6535
- - +54 9 (298) 472 2302
- - rrhh@perezmarzo.com.ar
Petroleros privados CCT 643/2012. Asignación no remunerativa para julio y octubre de 2016. Contribución extraordinaria
Se declaran homologados los Acuerdos salariales suscriptos en el marco del CCT 643/2012.
Bajo dichos Acuerdos se establece incrementar la suma no remunerativa establecida por la resolución (MTESS) 366/2016 de $ 15.000 a $ 20.000.
Este importe se abonará en dos cuotas iguales de $ 10.000 cada una, la primera de ellas dentro de los primeros 10 días hábiles de julio de 2016 y la segunda cuota junto con los haberes del mes de octubre de 2016.
Asimismo, se conviene una contribución extraordinaria y por única vez de $ 3.000 con destino a turismo, capacitación y asistencia social.
Dicha suma se abonará en 6 cuotas iguales de $ 500 cada una, junto con la liquidación de aportes y contribuciones de la seguridad social de los meses de julio, setiembre, octubre y noviembre de 2016 y enero y marzo de 2017.
Por último, se dispone el pago de una contribución extraordinaria y por única vez de $ 500 por cada trabajador con destino a la obra social de la actividad, la cual deberá abonarse en una cuota con vencimiento el 10 de agosto de 2016.